Cambio en la Ley

 

Revisando diversas publicaciones nos encontramos con lo siguiente:

 

  • Se trata principalmente de modificación a la Ley 18.101, la cual fija normas especiales sobre arrendamiento. Esta Ley busca proteger a los dueños de casas, locales, oficinas y similares que tenga arrendatarios con deuda, haciendo más simple los cobros y apurando los procedimientos judiciales en favor de los propietarios.
  • Esta Ley sin duda será de gran ayuda para quienes arriendan sus inmuebles en los casos de arriendos impagos o daños a la propiedad, incluso facilitando el desalojo del arrendatario incumplidor.
  • Como principales beneficios para los dueños de propiedades se puede mencionar que las casas o departamentos podrán ser devueltos a los arrendadores o dueños en mucho menor plazo que la situación actual. Una vez hecha la demanda, el arrendatario deberá pagar en un plazo de 10 días, en caso de no asistir al juicio o abstenerse de cancelar la deuda, deberá abandonar el domicilio en un plazo de 10 días, con la fuerza pública si fuera necesario, además del pago de la deuda total por arriendo y servicios básicos.
  • Otro aspecto interesante es que en los casos en que no haya contrato firmado, se considera el monto pagado como arriendo durante 3 meses consecutivos, de otra forma se contemplaría el monto de arriendo señalado por el arrendatario.
  • También se facilita la notificación de la demanda, ya que se podrá entregar a cualquier persona adulta que esté en el domicilio.

 

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SITUACION ACTUAL

La Ley N° 21.461 entró en vigencia el 30 de junio de 2022, publicación en el Diario Oficial en el siguiente enlace.

https://domiciliotributario.cl/Blog/ley-n-21-461/